10 septiembre 2009

Las obras sociales deberán dar cobertura a tratamientos de adictos

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil falló a favor de la cobertura de tratamientos por drogadicción por parte de las obras sociales y prepagas.

El pronunciamiento se hizo ante el reclamo del padre de un paciente al que la empresa prepaga no le había reconocido los gastos del tratamiento. En su último fallo, la Corte Suprema de Justicia había fijado posturas en el mismo sentido.
Según consta en el fallo, publicado por el portal jurídico El Dial, el paciente había estado internado en la Clínica Ineba.
“El 22 de septiembre de 2004 le fue dada el alta por traslado. Ingresó a la Fundación Aylén para tratamiento de rehabilitación por su adicción a la cocaína y el alcohol, bajo la modalidad de internación”, explica el expediente. La empresa demandada objetó la extensión en el tiempo de la cobertura del tratamiento.
Ante la apelación de la demandada, los jueces de Cámara Beatriz Areán, Carlos Carranza Casares y Carlos Bellucci consideraron que “la ley 24.455 es terminante en cuanto a que las obras sociales deberán incorporar la cobertura para los tratamientos médicos”. Además deberán cubrir “tratamientos psicológicos y farmacológicos de las personas que dependan física o psíquicamente del uso de estupefacientes”.

http://www.diariohoy.net/accion-verNota-id-44584-titulo-Las_obras_sociales_debern_dar_cobertura_a_tratamientos_de_adictos

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