La nueva resolución, publicada en el Boletín Oficial, prevé que los equipos deben tener hasta el 50% de componentes fabricados en la Argentina
La resolución 194 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, aprobó el proceso productivo de fabricación de máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos portátiles.
La norma publicada este lunes en el Boletín Oficial prevé que los equipos deben tener hasta el 50% de componentes fabricados en la Argentina.
Según el anexo dos de la resolución, al menos el 50% de los módulos de memoria deberán ser de origen del Territorio Nacional Continental y/o del Área Aduanera Especial, computándose semestralmente.
Todos los insumos utilizados para embalaje y folletería deberán provenir del Territorio Nacional Continental y/o del Área Aduanera Especial a partir de los tres meses del inicio de producción.
Respecto de la importación de placas o motherboards ya armadas en el exterior, se establece como máximo un período de cuatro meses desde el inicio de la producción para habilitar el uso de este componente importado, según el anexo 1 de la norma citada por Télam.