El proyecto del Ejecutivo prevé la realización de importantes inversiones en instalaciones fabriles existentes, para ponerlas a punto y adaptarlas a las normativas de seguridad laboral y ambiental.

El ministerio de Julio De Vido será la autoridad de aplicación de la ley
Así está previsto en un proyecto de ley que ingresó en la Cámara de Diputados con las firmas de la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner; del jefe de Gabinete, Sergio Massa, y del ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.
De acuerdo con la iniciativa oficial, la administración actual “ha resuelto recuperar para el Estado nacional la producción para la defensa, en el sentido de la Ley Savio de Fabricaciones Militares, otorgándole un rol integrador de las fuerzas de producción y movilizadora de la actividad industrial”.
El objetivo de esta movida es “impulsar en forma decidida la investigación de tecnologías duales que sirvan a la defensa, que otorguen al país nuevas potencialidades industriales, en el marco de la mayor autonomía posible, que garantice una efectiva capacidad de defensa nacional”.
CUENTAS. En ese marco, en los fundamentos de la iniciativa se señala que “se decidió encarar un importante plan de inversión en infraestructura del complejo de fábricas, como también su adecuación a las normas de seguridad laboral y saneamiento ambiental, manteniendo a las mismas dentro de la estructura del Estado nacional, pero dotándolas de mayor autonomía que le permita desenvolverse en el mercado con mayor eficiencia en su operatividad”.
La futura sociedad estatal estará integrada por la Fábrica Militar de Pólvoras y Explosivos Azul, la Fábrica Militar Fray Luis Beltrán, la Fábrica Militar Río Tercero y la Fábrica Militar de Pólvoras y Explosivos Villa María.
Como primer paso, la iniciativa que ingresó en la Cámara baja el 3 de marzo pasado deroga la declaración de “sujetas a privatización” de esas instalaciones fabriles, para en un segundo paso transformar a la actual Dirección General de Fabricaciones Militares, en Fabricaciones Militares Sociedad del Estado.
Esta empresa estatal contendrá los activos de la ex Dirección General de Fabricaciones Militares, incluyendo saldos a favor provenientes de títulos nacionales, provinciales, municipales y del Gobierno porteño, así como también bienes muebles, inmuebles, marcas, registros, patentes y otros bienes intangibles.
También formarán parte de los activos los contratos pendientes, en ejecución y compromisos contractuales contraídos por la Dirección General de Fabricaciones Militares, así como también las disponibilidades e inversiones que se registren en sus cuentas.
En tanto, los pasivos serán asumidos por el Estado nacional a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, por lo que la futura empresa iniciará sus operaciones saneada.
CONTROLES. Con respecto al personal que revista actualmente en esas dependencias estatales, tanto los de planta permanente como transitoria, preservarán sus derechos adquiridos en materia de antigüedad, remuneración y categoría laboral.
En tanto que se faculta a la futura sociedad estatal a contratar por sí nuevo personal y efectuar contrataciones en bienes y servicios, para permitir la continuidad de las operaciones, por lo cual se la exceptúa de la normativa oficial que impide la creación de nuevos cargos en la plantilla del personal estatal.
La empresa tendrá los mecanismos de control previstos en la ley 24.156, de administración financiera, así como también los previstos en los sistemas de control del sector público nacional y sus modificatorias.
Asimismo, deberá ser inscripta en el Registro Público de Comercio, tarea que le corresponderá a la Escribanía General de Gobierno, según lo estipulado en el proyecto de ley.
Por otra parte, se faculta al jefe de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para poner en marcha el emprendimiento, a la vez que se exceptúa al proceso de saneamiento económico y a la transformación en sociedad del Estado del pago de todo tributo nacional, arancel u honorario.
La futura sociedad fijará domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendrá una duración prevista de 99 años y contará con un capital social de $80 millones.
Entre las actividades que podrá desarrollar la futura empresa se cuentan las siguientes:
- Manufactura y comercialización de bienes, materiales y elementos de uso de las fuerzas armadas y de seguridad.
- Producción y comercialización de productos químicos de todo tipo.
- Producción y comercialización de armas, explosivos y pirotecnia de uso civil.
- Exploraciones y explotaciones tendientes a la obtención de minerales de toda clase, tanto para su utilización en el ámbito civil como en el militar.
- Investigación y desarrollo de tecnologías aplicables a producciones.Realización de actividades de importación y exportación.
- Trabajos de mantenimiento técnico y actividades conexas.
La sociedad estatal podrá participar en constitución de entidades oficiales y/o privadas, del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, consorcios y uniones transitorias de empresas.
HECTOR MEDINA




