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Segundo fallo del CIADI en un mes a favor de Argentina

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Segundo fallo del CIADI en un mes a favor de Argentina

Posted on 02 agosto 2010 by hj

El mismo Centro Integral de Arreglo de Diferencias de Inversiones hab铆a condenado a nuestro pa铆s, en 2007, a pagar u$s128 millones a Sempra. Esa firma pretendi贸 embargar la residencia de San Mart铆n en Boulogne Sur Mer

Sur Mer.

El CIADI anul贸 el laudo que favorec铆a a la empresa Enron.Un comit茅 del CIADI dio la raz贸n a los abogados de la Procuraci贸n del Tesoro de la Naci贸n y anul贸 el laudo que conden贸 a la Argentina a pagar m谩s de u$s106 millones a las empresas Enron Creditors Recovery Corp y Ponderosa Assets L.P.

La decisi贸n fue comunicada a 煤ltima hora del viernes pasado, cuando el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), conformado por Gavan Griffith -Australia-, el juez Patrick Robinson -Jamaica- y el juez Per Tresselt de Noruega, notificaron a la Procuraci贸n del Tesoro su decisi贸n de anular la demanda de ambas empresas, seg煤n se inform贸 en la p谩gina de prensa de la Presidencia de la Naci贸n.

Se trata de la segunda anulaci贸n completa y definitiva de una sentencia desfavorable que recibe la Argentina en menos de un mes de parte del CIADI.

Como inform贸 semanas atr谩s Buenos Aires Econ贸mico, la anterior resoluci贸n se produjo en el caso de la demanda entablada por Sempra Energy en la cual se hab铆a condenado a nuestro pa铆s a pagar u$s128 millones m谩s intereses. Justamente Sempra intent贸 embargar la casa museo en la que vivi贸 el general Jos茅 de San Mart铆n en Boulogne Sur Mer, Francia, y el edificio del Colegio Mayor Nuestra Se帽ora de Luj谩n, en Espa帽a.

Esa firma inici贸 en 2002 un arbitraje contra nuestro pa铆s por considerar que algunas medidas tomadas frente a la crisis econ贸mica 鈥揺n transporte y distribuci贸n de gas鈥 violaban el tratado bilateral de inversiones (TBI) entre la Argentina y los Estados Unidos. El CIADI hizo lugar al reclamo y el 28 de septiembre de 2007 conden贸 al pa铆s a pagar u$s128 millones m谩s intereses. Sempra ten铆a el 43% de las acciones de Sodigas, que a su vez posee el 86% de Camuzzi Gas Pampeana y el 90% de Camuzzi Gas del Sur.

Todo cambia. En esta ocasi贸n, dos empresas norteamericanas accionistas de Transportadora de Gas del Sur (TGS) demandaron a la Argentina ante un tribunal del CIADI por la negativa del Gobierno a permitir el ajuste de tarifas del transporte de gas en d贸lares, as铆 como por pesificar esos precios por la Ley de Emergencia, sancionada en 2002.

La Argentina, a trav茅s de la Procuraci贸n del Tesoro, invoc贸 como defensa la existencia de un estado de necesidad 鈥揺xcepci贸n contemplada por el Tratado Bilateral de Inversi贸n (TBI)鈥 que hab铆a llevado a la sanci贸n de la Ley de Emergencia y al abandono del r茅gimen de convertibilidad para hacer frente a la crisis pol铆tica, econ贸mica y social m谩s grave de la historia argentina.

Sin embargo, el tribunal arbitral emiti贸 un laudo el 22 de mayo de 2007 y conden贸 a la Argentina a pagar u$s106,2 millones de indemnizaci贸n por haber violado su obligaci贸n de acordar un trato justo y equitativo a las empresas inversoras, as铆 como la obligaci贸n de cumplir con los compromisos por la inversi贸n.

Adem谩s se rechaz贸 la defensa de 鈥渆stado de necesidad鈥 prevista en el derecho internacional consuetudinario, as铆 como la aplicaci贸n de una cl谩usula especial del Tratado Bilateral de Inversiones que rige en situaciones de necesidad (art铆culo XI).

Ante ello, la Procuraci贸n del Tesoro solicit贸 a un comit茅 de anulaci贸n del CIADI la reversi贸n del laudo, y dicho ente consider贸 que el tribunal arbitral que conden贸 a la Argentina 鈥渟e extralimit贸 en sus facultades鈥, lo que constituye causal de anulaci贸n, al no haber aplicado el derecho que ten铆a que aplicar para resolver la controversia, es decir las normas del derecho internacional que rigen el estado de necesidad. 鈥淓n lugar de ello, se vali贸 de la opini贸n de un perito sobre una cuesti贸n econ贸mica鈥, se帽alaron los voceros del Tesoro.

Tambi茅n se expres贸 que el tribunal omiti贸 detallar los motivos de su decisi贸n, lo que constituye otra causal de anulaci贸n. En palabras del comit茅, la decisi贸n del tribunal sobre que no se hab铆an cumplido los requisitos para la aplicaci贸n del estado de necesidad 鈥渆st谩 contaminada con un error anulable鈥.
Por ello se anul贸 tambi茅n la condena a pagar los u$s106,2 millones reclamados inicialmente.

La defensa de los derechos argentinos fue llevada por la Procuraci贸n del Tesoro, organismo rector del Cuerpo de Abogados del Estado y que tiene a su cargo el asesoramiento jur铆dico del Ejecutivo nacional y la representaci贸n del Estado en los juicios iniciados por y contra la Argentina.

Por otra parte, en la misma fecha se recibi贸 la decisi贸n sobre responsabilidad de un tribunal arbitral en los casos de Aguas Argentinas y Aguas Provinciales de Santa Fe, donde las compa帽铆as Suez Sociedad General de Aguas de Barcelona S.A. e Interagua Servicios Integrales del Agua S.A. tambi茅n demandaron a nuestro pa铆s ante el CIADI. El tribunal est谩 integrado por un presidente norteamericano, un 谩rbitro suizo y otro venezolano.

http://www.elargentino.com/nota-101061-seccion-107-Segundo-fallo-del-CIADI-en-un-mes-a-favor-de-Argentina-.html

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Un nuevo fallo del Ciadi a favor de la Argentina

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Un nuevo fallo del Ciadi a favor de la Argentina

Posted on 01 agosto 2010 by hj

Un Comit茅 del Ciadi dio la raz贸n a los abogados de la Procuraci贸n del Tesoro de la Naci贸n y anul贸 el laudo por el cual se hab铆a condenado a la Argentina a pagar m谩s de u$s106 millones a las empresas Enron Creditors Recovery y Ponderosa Assets. Es el segundo fallo a favor en menos de un mes

Cr茅dito Foto: Infobae

La decisi贸n fue comunicada a 煤ltima hora del viernes 30 de julio, cuando un Comit茅 de Anulaci贸n del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), conformado por Gavan Griffith -de Australia-, el Juez Patrick Robinson 鈥揹e Jamaica- y el Juez Per Tresselt de Noruega, notificaron a la Procuraci贸n del Tesoro de la Naci贸n su decisi贸n de anular definitivamente la demanda entablada por ambas empresas.

Es la segunda anulaci贸n completa y definitiva de una sentencia desfavorable que recibe la Argentina en menos de un mes de parte de un Comit茅 de anulaci贸n del CIADI.

La primera se produjo en el caso de la demanda entablada por la empresa Sempra Energy y en la cual se hab铆a condenado a nuestro pa铆s a pagar 128 millones de d贸lares m谩s intereses.

En esta oportunidad, las demandantes, dos empresas norteamericanas accionistas de Transportadora de Gas del Sur (TGS), hab铆an demandado a la Argentina ante un tribunal arbitral del CIADI debido a la negativa del gobierno argentino a permitir el ajuste de tarifas del transporte de gas en d贸lares, as铆 como por la posterior pesificaci贸n de dichas tarifas por la Ley de Emergencia, sancionada en el 2002, por considerar que ello constitu铆a una violaci贸n del Tratado Bilateral de Inversiones celebrado entre la Argentina y los Estados Unidos.

La Rep煤blica Argentina, a trav茅s de la Procuraci贸n del Tesoro de la Naci贸n invoc贸 como defensa la existencia de un estado de necesidad -excepci贸n contemplada por el Tratado Bilateral de Inversi贸n (TBI)- que hab铆a llevado a la sanci贸n de la Ley de Emergencia y al abandono del r茅gimen de convertibilidad para hacer frente a la crisis pol铆tica, econ贸mica y social m谩s grave de la historia argentina.

Sin embargo, el tribunal arbitral emiti贸 un laudo, el 22 de mayo de 2007 condenando a la Rep煤blica Argentina a pagar a las demandantes la suma de 106,2 millones de d贸lares en concepto de indemnizaci贸n por haber violado su obligaci贸n de acordar un trato justo y equitativo a las empresas inversoras, as铆 como la obligaci贸n de cumplir con los compromisos contra铆dos con respecto a la inversi贸n.

Adem谩s de rechazar la defensa de estado de necesidad prevista en el derecho internacional consuetudinario, as铆 como la aplicaci贸n de una cl谩usula especial del Tratado Bilateral de Inversiones que rige en situaciones de necesidad (art铆culo XI).

Ante ello, la Procuraci贸n del Tesoro de la Naci贸n de Argentina solicit贸 a un Comit茅 de Anulaci贸n del mismo CIADI la reversi贸n del laudo.

Seg煤n el Comit茅, el tribunal arbitral que conden贸 a la Argentina se extralimit贸 manifiestamente en sus facultades, lo que constituye causal de anulaci贸n, al no haber aplicado el derecho que ten铆a que aplicar para resolver la controversia, es decir las normas del derecho internacional que rigen el estado de necesidad, 芦sino que, en lugar de ello, se vali贸 de la opini贸n de un perito sobre una cuesti贸n econ贸mica禄.

Se agreg贸 adem谩s que el tribunal omiti贸 expresar los motivos de su decisi贸n, lo que constituye otra causal de anulaci贸n. En palabras del Comit茅, la decisi贸n del tribunal en cuanto a que no se hab铆an cumplido los requisitos para la aplicaci贸n del estado de necesidad 芦est谩 contaminada con un error anulable禄.

Por consiguiente se anul贸 tambi茅n la condena a pagar los 106,2 millones de d贸lares reclamados inicialmente.

La defensa de los derechos argentinos fue llevada por la Procuraci贸n del Tesoro de la Naci贸n, que es el organismo rector del Cuerpo de Abogados del Estado y que tiene a su cargo el asesoramiento jur铆dico del Poder Ejecutivo de la Naci贸n y la representaci贸n del Estado Argentino en los juicios iniciados por y contra la Argentina dentro y fuera del pa铆s.

http://www.infobae.com/economia/529154-101275-0-Un-nuevo-fallo-del-Ciadi-favor-la-Argentina

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