Un reciente fallo del juez Griesa, emitido a mediados de junio, ajustó hacia abajo el monto de la deuda de una sentencia, a raíz del canje realizado por la Argentina en 2010

El monto de la deuda se redujo de los u$s2.240 millones iniciales, cuyo reclamo fue concedido un par de años antes al canje de deuda efectuado el año pasado, a unos u$s683 millones, cifra que incluye intereses acumulados impagos, según el fallo del juez que nuclea todas la causas en contra del país en Estados Unidos por el default.
De esta forma, las fuentes rechazaron que el reciente fallo del juez Thomas Griesa sea contrario a los intereses del país, y que por el contrario, redujo en miles de millones el monto exigido por los acreedores, si bien hasta el momento no se planteó el tema de fondo sobre la legitimidad del reclamo.
«El 22 de julio, Griesa, a instancias de la Cámara de Apelaciones, dictó nuevas sentencias en las ocho acciones de clases conocidas como ‘Seijas’ a partir de las cuales se redujeron los u$s2.240 millones exigidos originalmente a 683 millones”, detallaron las mismas fuentes.
Explicaron que el proceso judicial comenzó en el 2004, y cinco años mas tarde, el juez de Nueva York, Thomas Griesa, dictó sentencias por los 2.240 millones de dólares. Pero en mayo del 2010, y tras la apelación impuesta por Argentina, la Corte de Apelaciones afirmó que si bien la certificación de clases era correcta, los montos estaban sobrevaluados.
Como consecuencia de esta medida, y otras en el mismo sentido, “se determinó que el monto de capital de bonos que queda involucrado en estas ocho acciones de clases es de u$s286 millones, que se corresponden con los u$s683 millones de sentencia, considerando los intereses”.
Las fuentes destacaron que, mas allá de la colaboración que mostró el Gobierno en avanzar en la determinación de los montos de la sentencia, “su posición sigue siendo que la forma de estimar los montos de sentencia, debería ser contraria a la utilizada, concretamente, aquellos tenedores que deseen ser parte de las acciones de clases deberían expresar su voluntad de hacerlo, y no presuponer que todo aquel que no participó de los canjes, ni inició una acción individual, tiene la voluntad de participar de esta acción grupal”.
Por esto, “el Gobierno seguirá por todas las vías judiciales existentes para revertir esta mecánica”, concluyeron.
Fuente: Infobae
http://www.infobae.com/notas/598530-Una-sentencia-en-los-EEUU-por-la-deuda-impaga-favorecio-a-la-Argentina.html





