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Una sentencia en los EEUU por la deuda impaga favoreció a la Argentina

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Una sentencia en los EEUU por la deuda impaga favoreció a la Argentina

Posted on 09 agosto 2011 by hj

Un reciente fallo del juez Griesa, emitido a mediados de junio, ajustó hacia abajo el monto de la deuda de una sentencia, a raíz del canje realizado por la Argentina en 2010

Una sentencia en los EEUU por la deuda impaga favoreció a la Argentina

El monto de la deuda se redujo de los u$s2.240 millones iniciales, cuyo reclamo fue concedido un par de años antes al canje de deuda efectuado el año pasado, a unos u$s683 millones, cifra que incluye intereses acumulados impagos, según el fallo del juez que nuclea todas la causas en contra del país en Estados Unidos por el default.

De esta forma, las fuentes rechazaron que el reciente fallo del juez Thomas Griesa sea contrario a los intereses del país, y que por el contrario, redujo en miles de millones el monto exigido por los acreedores, si bien hasta el momento no se planteó el tema de fondo sobre la legitimidad del reclamo.

«El 22 de julio, Griesa, a instancias de la Cámara de Apelaciones, dictó nuevas sentencias en las ocho acciones de clases conocidas como ‘Seijas’ a partir de las cuales se redujeron los u$s2.240 millones exigidos originalmente a 683 millones”, detallaron las mismas fuentes.

Explicaron que el proceso judicial comenzó en el 2004, y cinco años mas tarde, el juez de Nueva York, Thomas Griesa, dictó sentencias por los 2.240 millones de dólares. Pero en mayo del 2010, y tras la apelación impuesta por Argentina, la Corte de Apelaciones afirmó que si bien la certificación de clases era correcta, los montos estaban sobrevaluados.

Como consecuencia de esta medida, y otras en el mismo sentido, “se determinó que el monto de capital de bonos que queda involucrado en estas ocho acciones de clases es de u$s286 millones, que se corresponden con los u$s683 millones de sentencia, considerando los intereses”.

Las fuentes destacaron que, mas allá de la colaboración que mostró el Gobierno en avanzar en la determinación de los montos de la sentencia, “su posición sigue siendo que la forma de estimar los montos de sentencia, debería ser contraria a la utilizada, concretamente, aquellos tenedores que deseen ser parte de las acciones de clases deberían expresar su voluntad de hacerlo, y no presuponer que todo aquel que no participó de los canjes, ni inició una acción individual, tiene la voluntad de participar de esta acción grupal”.

Por esto, “el Gobierno seguirá por todas las vías judiciales existentes para revertir esta mecánica”, concluyeron.

Fuente: Infobae

http://www.infobae.com/notas/598530-Una-sentencia-en-los-EEUU-por-la-deuda-impaga-favorecio-a-la-Argentina.html

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Fallo a favor de la Argentina en la disputa con Monsanto por la soja modificada

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Fallo a favor de la Argentina en la disputa con Monsanto por la soja modificada

Posted on 06 julio 2010 by hj

A favor de la Argentina. El Tribunal de Justicia de la UE falló hoy en contra de la multinacional Monsanto que exigió hace años el cobro de derechos sobre una patente de soja genéticamente modificada (OGM), lo que abrió un litigio con el Gobierno y con varias empresas.

Fallo a favor de la Argentina en la disputa con Monsanto por la soja modificada Foto: Archivo LA NACION

La Justicia comunitaria dictó sentencia sobre una demanda de Monsanto, que denunció en Holanda que varias empresas importaron harina de la Argentina con trazas de ese tipo de transgénico, la «soja RR», cuyo gen había registrado en Europa la firma estadounidense. La disputa comercial se desató en 2005 y 2006 porque Monsanto detuvo en Holanda partidas de harinas de soja argentina para cobrar los derechos o regalías.

Foto: Archivo LA NACIONPero Monsanto no había registrado el gen en la Argentina, donde esa variedad de OGM se usa en grandes cantidades. La controvertida patente consiste en una «secuencia de ADN» que si se introduce en una planta de soja hace que resista a un herbicida (el glifosato), lo que sirve al agricultor para poder eliminar las malas hierbas sin tener que dañar los cultivos. El Tribunal de Justicia dictaminó que el gen patentado estaba en estado «residual» en las partidas de harina y que Monsanto no puede impedir la venta en la UE de un producto que lo contenga en esa proporción. Los jueces comunitarios declaran que la normativa de la UE sobre el amparo de las invenciones biotecnológicos supedita la protección al requisito de que «la información genética que contenga el producto ejerza efectivamente su función en esa misma materia». Esto significa que el Tribunal considera que aunque las harinas importadas tenían restos de la soja patentada, se trata de un producto final «inerte» que sufrió varias operaciones de «transformación» por lo que la «información genética» ya no ejerce la función que cumplía en la planta inicial. La Justicia comunitaria subraya que las normas de la UE no permiten que una regulación nacional otorgue una protección absoluta a una patente de modificación genética «tanto si ejerce la función que le es propia dentro de la materia que contiene como si no lo hace». En la sentencia de hoy, los jueces comunitarios responden a un tribunal holandés, quien dictará la resolución final sobre la demanda que Monsanto presentó en ese país.

http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1282098

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