25 marzo 2009

Quieren que los diferendos con extranjeros se diriman en los tribunales nacionales

Un proyecto de ley busca terminar con leyes de la dictadura

 

La iniciativa lleva las firmas del presidente de la Cámara baja, Eduardo Fellner, y del titular del bloque oficialista, Agustín Rossi.   Héctor Recalde pidió terminar con “las leyes de carácter espurio”.

Héctor Recalde cuenta con el respaldo de Agustín Rossi
Héctor Recalde cuenta con el respaldo de Agustín Rossi
Un proyecto de ley del oficialismo busca desarmar una rémora de la legislación instaurada por la última dictadura militar, y desalentar las presentaciones judiciales ante tribunales del exterior, dando preminencia a la Justicia argentina.
La iniciativa lleva la firma del titular de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja y representante legal de la CGT, Héctor Recalde, acompañado del titular del bloque de diputados del Frente para la Victoria, Agustín Rossi, y del presidente de la Cámara baja, Eduardo Fellner.
A pesar de la importancia de la cuestión de fondo, el proyecto es breve y consta de un único artículo, en el que se sustituye el artículo 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, por el siguiente:
“Artículo 1° – Carácter. – La competencia atribuida a los tribunales nacionales es improrrogable. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 2º, inciso 4, de la ley 48, exceptúase la competencia territorial en los asuntos exclusivamente patrimoniales, que podrá ser prorrogada de conformidad de partes, pero no a favor de los jueces extranjeros o de árbitros que actúen fuera de la República.”
En los fundamentos de la modificación normativa propuesta, Recalde se refiere al concepto de competencia, a la cual define con las palabras del jurista Lino Enrique Palacio como “la capacidad o aptitud que la ley reconoce a un juez o tribunal para ejercer sus funciones con respecto a una determinada categoría de asuntos o durante una determinada etapa del proceso”.
Explica el legislador que la prórroga de la competencia territorial “tuvo lugar a partir de la ley 21.305, cuando se instaló el golpe de Estado de 1976 en el gobierno de la República Argentina, la que modificó el artículo 1° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y de esta manera se permitió dicha prórroga para asuntos de índole patrimonial en favor de jueces y árbitros que actúen fuera de nuestro país”.
Recalde confirma que el proyecto de su autoría “tiene como objetivo vedar la prórroga de competencia surgida a través de la mal llamada ley 21.305, dado que en realidad es decreto ley, es decir, uno de los tantos productos espurios emanados de los detentadores del poder constitucional argentino”.
La propuesta se inclina por la prohibición de prorrogar la competencia territorial en cuestiones internacionales volviendo al texto histórico del Código Procesal, fundado en “la existencia de un sinfín de asuntos internacionales de fundamental y trascendente importancia que son radicados ante tribunales o árbitros extranjeros, y atento a que sus resoluciones afectan intereses de índole nacional”.
El laboralista, en diálogo con Buenos Aires Económico resaltó que “en mi posicionamiento hay una línea conductora, que es un imperativo ético: salir de la legislación de la dictadura, tanto en lo referido a lo laboral, sobre lo cual hemos trabajado mucho en la comisión en años recientes, como en la Ley de Entidades Financieras, y la Ley de Radiodifusión; son normas con origen espurio y deben ser derogadas o cambiadas”.

SOBERANOS. Un segundo argumento de Recalde radica en el concepto de soberanía nacional. “En el derecho internacional, la soberanía es un concepto clave, referido al derecho de un Estado para ejercer sus poderes; el hecho de que se permita la prórroga de la competencia territorial es un límite a la soberanía argentina, la cual está enmarcada en nuestra Constitución, e indica en principio que el país es un territorio independiente e inviolable”, dice el legislador, que agrega que “es nuestro deber como ciudadanos imponer su respeto y no permitir que la evolución a través de los años traiga aparejada la pérdida de la soberanía, es hora de recuperarla íntegramente”.
Para Recalde además “resulta inmoral la posibilidad que tiene el acreedor de seleccionar la jurisdicción más complaciente al momento de presentarse la controversia”.

HÉCTOR MEDINA

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