El Estado deberá reglamentar e implementar en 90 días la portabilidad numérica para teléfonos celulares, con lo cual los usuarios podrán cambiar de compañía sin perder su número, según el fallo de la Sala V de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, que se conoció ayer.
La decisión, firmada el 30 del mes pasado, ratifica la sentencia de primera instancia que hizo lugar a una acción colectiva promovida por la Unión de Usuarios y Consumidores, y ordena a la Secretaría de Comunicaciones reglamentar la portabilidad, establecida en el decreto 764/2000, firmado para abrir el mercado.
El Estado tendrá 10 días para apelar en la Corte, aunque en la Unión descreen de que vaya a tomar ese camino, porque «desde el punto de vista jurídico el fallo está fundado». La Cámara basó su decisión en que «los usuarios son titulares del derecho a llevar su número» y «ese derecho no está supeditado a la discreción del Ejecutivo». Desde la Unión destacaron que «para las telefónicas implementarlo no representa gasto alguno». Y agregaron que «el sistema se implementó con buen resultado en países de la región donde están las mismas empresas que en la Argentina».




