06 julio 2010

Fallo a favor de la Argentina en la disputa con Monsanto por la soja modificada

A favor de la Argentina. El Tribunal de Justicia de la UE falló hoy en contra de la multinacional Monsanto que exigió hace años el cobro de derechos sobre una patente de soja genéticamente modificada (OGM), lo que abrió un litigio con el Gobierno y con varias empresas.

Fallo a favor de la Argentina en la disputa con Monsanto por la soja modificada Foto: Archivo LA NACION

La Justicia comunitaria dictó sentencia sobre una demanda de Monsanto, que denunció en Holanda que varias empresas importaron harina de la Argentina con trazas de ese tipo de transgénico, la «soja RR», cuyo gen había registrado en Europa la firma estadounidense. La disputa comercial se desató en 2005 y 2006 porque Monsanto detuvo en Holanda partidas de harinas de soja argentina para cobrar los derechos o regalías.

Foto: Archivo LA NACIONPero Monsanto no había registrado el gen en la Argentina, donde esa variedad de OGM se usa en grandes cantidades. La controvertida patente consiste en una «secuencia de ADN» que si se introduce en una planta de soja hace que resista a un herbicida (el glifosato), lo que sirve al agricultor para poder eliminar las malas hierbas sin tener que dañar los cultivos. El Tribunal de Justicia dictaminó que el gen patentado estaba en estado «residual» en las partidas de harina y que Monsanto no puede impedir la venta en la UE de un producto que lo contenga en esa proporción. Los jueces comunitarios declaran que la normativa de la UE sobre el amparo de las invenciones biotecnológicos supedita la protección al requisito de que «la información genética que contenga el producto ejerza efectivamente su función en esa misma materia». Esto significa que el Tribunal considera que aunque las harinas importadas tenían restos de la soja patentada, se trata de un producto final «inerte» que sufrió varias operaciones de «transformación» por lo que la «información genética» ya no ejerce la función que cumplía en la planta inicial. La Justicia comunitaria subraya que las normas de la UE no permiten que una regulación nacional otorgue una protección absoluta a una patente de modificación genética «tanto si ejerce la función que le es propia dentro de la materia que contiene como si no lo hace». En la sentencia de hoy, los jueces comunitarios responden a un tribunal holandés, quien dictará la resolución final sobre la demanda que Monsanto presentó en ese país.

http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1282098

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